El derecho de acceso a los medicamentos y el derecho de patente en los países en desarrollo

Fecha de publicación

2016-12-19T09:32:32Z

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2016

2016-12-19T09:32:37Z

Resumen

El artículo parte de las dificultades que experimentan los ciudadanos de países en desarrollo para acceder a medicamentos esenciales, nuevos (protegidos por patente) y de calidad. La entrada en vigor del Acuerdo sobre los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio el 1 de enero de 1995 constituye un factor negativo que agrava esta situación y que se añade a los déficits de los sistemas de salud pública de los países en desarrollo. En efecto, el ADPIC reconoce el derecho de patente, derecho que los Estados parte deben reconocer a los inventores. Partiendo de todo ello, el artículo relaciona, de una parte, el derecho de acceso a los medicamentos, y de otro, el derecho de propiedad del propietario de la invención sobre esta. Finalmente, expone cual es la situación de la patente de sofosvubir en los países en desarrollo.

Tipo de documento

Artículo


Versión publicada

Lengua

Castellano

Publicado por

Observatori de Bioètica i Dret (UB)

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Reproducció del document publicat a: https://doi.org/10.1344/rbd2016.37.16148

Revista de Bioética y Derecho, 2016, num. 37, p. 23-36

https://doi.org/10.1344/rbd2016.37.16148

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cc-by-nc-nd (c) Ortega Gómez, Marta, 2016

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