La justicia como reciprocidad entre individuos (Epicuro) frente a la justicia como finalidad común (Aristóteles)

Fecha de publicación

2012-05-31T11:10:04Z

2012-05-31T11:10:04Z

2005

Resumen

El presente artículo sostiene, por debajo de la contraposición entre los conceptos de justicia epicúreo y aristotélico, la existencia de un común denominador a ambos, a saber, la prioridad de un concepto social-natural (no meramente social ni meramente natural) de justicia, previo a todo cálculo de conveniencia, pero no por ello de naturaleza metafísica. En el caso de Epicuro, se trata de un concepto de mínimo al que debe ajustarse el florecimiento individual: el reconocimiento mutuo. En el caso de Aristóteles, de un máximo en la búsqueda del bien común como condición del bien de cada individuo: la pólis gobernada en beneficio de todos los ciudadanos.

Tipo de documento

Artículo


Versión publicada

Lengua

Castellano

Publicado por

Universitat de Barcelona. Facultat de Filosofia. Departament de Filosofia Teorètica i Pràctica

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Convivium. Revista de Filosofía, 2005, núm. 18, p. 3-21

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