2012-05-31T11:10:04Z
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2005
El presente artículo sostiene, por debajo de la contraposición entre los conceptos de justicia epicúreo y aristotélico, la existencia de un común denominador a ambos, a saber, la prioridad de un concepto social-natural (no meramente social ni meramente natural) de justicia, previo a todo cálculo de conveniencia, pero no por ello de naturaleza metafísica. En el caso de Epicuro, se trata de un concepto de mínimo al que debe ajustarse el florecimiento individual: el reconocimiento mutuo. En el caso de Aristóteles, de un máximo en la búsqueda del bien común como condición del bien de cada individuo: la pólis gobernada en beneficio de todos los ciudadanos.
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Spanish
Justícia (Filosofia); Aristotelisme; Epicur, de Samos, 341-270 aC; Justice (Philosophy); Aristotle; Epicurus
Universitat de Barcelona. Facultat de Filosofia. Departament de Filosofia Teorètica i Pràctica
Reproducció del document publicat a: http://www.raco.cat/index.php/Convivium/article/view/73227
Convivium. Revista de Filosofía, 2005, núm. 18, p. 3-21
cc-by-nc-nd (c) Carrasco, 2005
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Filosofia [707]