Daños y responsabilidad solidaria entre sociedad matriz y filial tras la STJUE Sumal

Data de publicació

2026-02-23T17:14:13Z

2026-02-23T17:14:13Z

2023-07-01

2026-02-23T17:14:13Z



Resum

Los arts. 101 y 102 TFUE son el fundamento del Derecho europeo de Defensa de la competencia. El Derecho europeo en la materia se ha construido a t r a v é s d e l a s resoluciones de los tribunales de la UE. Esa interpretación jurisprudencial ha permitido aplicar los arts.101 y 102 TFUE a los grupos de sociedades como sujetos a los que se dirige la normativa concurrencial. La Directiva 104/2014/UE sobre d a ñ o s d e r i v a d o s d e infracciones concurrenciales es un elemento más en la construcción normativa europea. La Directiva de daños no ha clarificado los límites a una posible responsabilidad solidaria de matrices y filiales ante acciones judiciales de resarcimiento de daños. El presente comentario pretende ser una reflexión en torno a la construcción jurisprudencial europea en la transmisión de la responsabilidad en sede de grupos en el ámbito concurrencial y su impacto en nuestro orden jurisdiccional tras la incorporación de la Directiva de daños.

Tipus de document

Article


Versió publicada

Llengua

Castellà

Publicat per

Aranzadi La Ley

Documents relacionats

Reproducció del document publicat a: https://revistas.laley.es/content/Inicio.aspx

Revista de derecho de la competencia y la distribución, 2023, num.33, p. 1-32

Citació recomanada

Aquesta citació s'ha generat automàticament.

Drets

(c) Aranzadi La Ley, 2023

Aquest element apareix en la col·lecció o col·leccions següent(s)