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2002
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El Decreto de Nueva Planta (1716) suprimió las instituciones propias del Principado, derogó el derecho público e impidió la evolución del derecho privado catalán.1 Desde entonces, el derecho castellano o común y el llamado derecho foral o catalán configuraron un sistema jurídico que pervivió en Cataluña hasta que las sucesivas comisiones, proyectos codificadores y la promulgación de leyes generales del siglo XIX facilitaron la redacción definitiva del Código Civil (CC) español de 1889. Los códigos tendían a centralizar y uniformizar el ordenamiento jurídico, y restringían la pluralidad de fuentes y de ordenamientos de un país.
Artículo
Versión publicada
Castellano
Institut d'Estudis Catalans
Reproducció del document publicat a: http://www.raco.cat/index.php/RevistaDretHistoric/article/view/152751
Revista de Dret Històric Català, 2002, num. 2, p. 171-201
cc-by-nc-nd (c) Llaquet de Entrambasaguas, José Luis, 2002
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