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2022
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Desde la reforma penal de 2015, existe un claro solapamiento ente las conductas previstas en la Ley Concursal, que pueden dar lugar a una calificacion culpable, y las similares conductas previstas en el Código Penal, que tipifican el llamado delito concursai o de concurso punible. En las siguientes páginas, daremos algunas claves que nos permitirán clarificar qué concretas conductas llevadas a cabo por los administradores de sociedades en insolvencia serán reprochables en cada ámbito, a la vista de la regulación actual, y cómo procede actuar a la vista del caso concreto, en función de los intereses en juego.
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Culpa jurídica; Concurs de creditors; Delictes societaris; Dret concursal; Administradors de societats; Guilt (Law); Meeting of creditors; Corporate crime; Bankruptcy; Directors of corporations
Consejo General de Colegios de Economistas de España
Reproducció del document publicat a: https://refor.economistas.es/revistas-refor/
Revista del REFor, 2022, num.61, p. 29-35
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