La obligación general de reducción del riesgo de desastres: análisis crítico de la propuesta de la Comisión de Derecho Internacional de 2016

Data de publicació

2026-01-16T13:42:51Z

2026-01-16T13:42:51Z

2025-12-23

2026-01-16T13:42:51Z

Resum

Ante los daños sufridos por los particulares en casos de desastres naturales y de otra índole: ¿es imputableinternacionalmente el Estado por incumplimiento de un deber general de reducción de riesgos del desastre?Este trabajo analiza la propuesta de la Comisión de Derecho Internacional relativa al deber de reducción delriesgo de desastres, incluida en el artículo 9 del Proyecto de artículos sobre Protección de las personas en casode desastre, aprobado en 2016. Se delimitan el contenido, características y alcance jurídico de tal obligación enel estado actual del Derecho Internacional. El estudio defiende la inclusión de la obligación en el tratado internacionalque los Estados han decidido negociar y adoptar a más tardar en 2027. Los Estados harán bien en seguir laacertada formulación de la CDI en sus líneas generales. La obligación, si no ha alcanzado ya su existencia en elDerecho Internacional general, sí está en estos momentos en la etapa final de su formación. Por ello, las negociacionesy el futuro tratado internacional podrían también cumplir una función de cristalización de la costumbre, siuna mayoría de Estados consensuaran su inclusión en el mismo.

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Castellà

Publicat per

Asociación Española de Profesores de Derecho Internacional y Relaciones Internacionales

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Reproducció del document publicat a:

Revista Electrónica de Estudios Internacionales, 2025, vol. 2, num.50, p. 191-226

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