El procedimiento de reclamación de créditos de los artículos 70 y 71 de la Ley del Notariado: Una posibilidad manifiesta de indefensión.

Fecha de publicación

2024-09-19T13:18:38Z

2017-12-31

2024-09-19T13:18:38Z

info:eu-repo/semantics/embargoEnd/2150-01-01

Resumen

La Ley 15/2015 de Jurisdicción voluntaria introduce en nuestro ordenamiento un nuevo procedimiento notarial de reclamación de determinadas deudas dinerarias, haciendo posible, en el supuesto de no oposición del deudor, que el acta notarial sea un documento que lleve aparejada ejecución. A la vista de que el notario no realiza funciones jurisdiccionales, es procedente analizar dicho procedimiento, y sus posibles consecuencias, en especial, la posible indefensión en la que pudiera encontrarse el deudor.

Tipo de documento

Artículo


Versión aceptada

Lengua

Castellano

Publicado por

J.M. Bosch Editor

Documentos relacionados

Versió postprint del document publicat a: https://vlex.es/vid/procedimiento-reclamacion-creditos-articulos-704214341

Justicia, 2017, vol. 2, p. 347-366

Citación recomendada

Esta citación se ha generado automáticamente.

Derechos

(c) J.M. Bosch Editor, 2017