El Tribunal Supremo confirma la validez del diagnóstico de situación de los planes de igualdad realizados antes de la reforma nacida del RD-ley 6/2019

Publication date

2022-01-24T13:25:31Z

2022-01-24T13:25:31Z

2021-07-01

2022-01-24T13:25:31Z

Abstract

Es válido el diagnóstico previo a la negociación del plan de igualdad cuando se realizó con anterioridad a la reforma operada por RD-ley 6/2019, por el que se modifica el art. 46.2 de la LO 3/2007, cuya entrada en vigor no exige retroacción de la fase de diagnóstico ni tampoco la invalida, salvo que tampoco se ajustara a la legalidad vigente en el momento de su realización, conforme al principio tempus regit actum. El Tribunal Supremo confirma la sentencia de la Audiencia Nacional 134/2019, 12 de noviembre

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Article


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Spanish

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Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

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Revista de Jurisprudencia Laboral, 2021, vol. 2021, num. 6, p. 1-8

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