Tratamiento fiscal de la indemnización compensatoria entre cónyuges

Fecha de publicación

2020-06-03T09:40:57Z

2020-06-03T09:40:57Z

2015

2020-06-03T09:40:57Z

Resumen

La cuestión planteada es el tratamiento fiscal que recibe en el IRPF la denominada indemnización compensatoria que uno de los cónyuges puede percibir del otro con ocasión de la extinción del régimen económico matrimonial de separación de bienes. Esta indemnización es la compensación económica a la que tiene derecho, en el momento de la separación o el divorcio, el cónyuge que ha trabajado para la casa o para el otro cónyuge y, como consecuencia, no ha percibido ingresos o bien ha visto reducidos los obtenidos fuera del hogar. Además se considera que este cónyuge ha contribuido a que el otro haya obtenido mayores ingresos y, por lo tanto, tiene derecho a participar de ellos.

Tipo de documento

Artículo


Versión publicada

Lengua

Castellano

Publicado por

Centro de Estudios Financieros

Documentos relacionados

Reproducció del document publicat a: https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=5111523

CEF. Revista de contabilidad y tributación, 2015, num. 387, p. 141-148

Citación recomendada

Esta citación se ha generado automáticamente.

Derechos

cc-by-nc-nd (c) Centro de Estudios Financieros, 2015

http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/3.0/es