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2006
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La Constitución española de 1978 (en adelante CE) configura a los municipios y a las provincias como una de las instancias básicas de la organización territorial del Estado, atribuyéndoles autonomía para la gestión de sus espectivos intereses. De esta manera, municipios y provincias se conciben no sólo como una mera organización administrativa, sino como un auténtico poder político, expresivo de los intereses de la colectividad local a la que representan.
Artículo
Versión publicada
Castellano
Administració local; Cooperació interterritorial; Entitats sense ànim de lucre; Local government; Interstate cooperation; Nonprofit organizations
Instituto Nacional de Administración Pública A.C (INAP)
Reproducció del document publicat a: http://revistasonline.inap.es/index.php/REALA/article/view/9299
Revista de Estudios de la Administración Local y Autonómica, 2006, vol. 300-301, p. 229-339
cc-by-nc (c) Vilalta Reixach, Marc, 2006
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