2020-04-27T15:38:08Z
2020-04-27T15:38:08Z
1996
2020-04-27T15:38:08Z
El Grupo Mixto es una figura prevista en todas las Asambleas Legislativas del Estado español, tanto en el ámbito estatal como autonómico. Así, los Reglamentos del Congreso y del Senado de 1982 (este último reformado en 1994) (1) prevén este grupo, en el que se inscriben aquellos parlamentarios que no formen parte de ningún grupo parlamentario cuando finalice el plazo para su constitución (arts. 27 RCD y 30 RS). También se incorporan al mismo los parlamentarios que causen baja de su grupo durante la legislatura por cualquier motivo y no se incorporen a otro (art].s. 27 RCD y 30.3 RS)[...].
Article
Published version
Spanish
Centro de Estudios Políticos y Constitucionales
Reproducció del document publicat a: http://www.cepc.gob.es/publicaciones/revistas/revistaselectronicas?IDR=6&IDN=348&IDA=25272
Revista Espanola de Derecho Constitucional, 1996, num. 46, p. 239-255
cc-by-nc-nd (c) Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, 1996
http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/3.0/es