La denigración y la obstaculización como actos de competencia desleal. Análisis del Caso Ryanair

dc.contributor.author
Morales Barceló, Judith
dc.date.issued
2026-01-27T15:00:53Z
dc.date.issued
2026-01-27T15:00:53Z
dc.date.issued
2015-01-01
dc.date.issued
2026-01-27T15:00:53Z
dc.identifier
0210-0797
dc.identifier
https://hdl.handle.net/2445/226258
dc.identifier
652099
dc.description.abstract
La aparición de las nuevas tecnologías ha generado una batalla entre las compañías aéreas y las agencias de viajes, que ofrecen sus servicios no sólo en sus establecimientos sino también a través de la red. La mediación de las agencias de viaje a través de internet consiste en la facilitación a los consumidores de una comparativa de precios de vuelos de diferentes compañías, de tal forma que pueden comprar los billetes de vuelo que consideren más convenientes para sus intereses, puesto que el buscador de la agencia <em>on line</em> les dirige a la página web de la compañía aérea que seleccionen los usuarios, pagando una comisión a la agencia de viajes por la gestión de búsqueda realizada. Ante esta situación, resulta de interés poner de relieve la reacción que ha tenido Ryanair Limited que ha consistido en realizar una serie de declaraciones relativas a las agencias <em>on line</em>, así como introducir en su página web una amenaza de cancelación de vuelos cuando los billetes se hubiesen comprado a través de una de esas agencias, con el fin de que los consumidores compren sus billetes directamente a través de su propia página web o de su central de reservas y, por tanto, no acudan a las agencias <em>on line</em>. Ante este comportamiento, diversas agencias <em>on line</em>, en concreto, Lastminute Network, S.L. (en adelante, Last Minute), Red Universal de Marketing y Booking Online, S.A. (en adelante, Rumbo) y Atrápalo, S.L. (en adelante, Atrápalo), han reaccionado demandado a Ryanair por considerar que su conducta constituye diversos actos de competencia desleal, en concreto, un acto de denigración y un acto de obstaculización contrario a la buena fe. En el presente trabajo se analizan las tres sentencias del Tribunal Supremo en las que se han resuelto las demandas planteadas y, podemos avanzar, ha sido condenada Ryanair en atención a los hechos relatados.
dc.format
10 p.
dc.format
application/pdf
dc.language
spa
dc.publisher
Aranzadi-La Ley
dc.relation
Reproducció del document publicat a:
dc.relation
Revista de Derecho Mercantil, 2015, vol. 296, p. 481-495
dc.rights
(c) Aranzadi-La Ley, 2015
dc.rights
info:eu-repo/semantics/openAccess
dc.subject
Competència econòmica deslleial
dc.subject
Agències de viatges
dc.subject
Línies aèries
dc.subject
Dret mercantil
dc.subject
Unfair competition
dc.subject
Travel agencies
dc.subject
Airlines
dc.subject
Commercial law
dc.title
La denigración y la obstaculización como actos de competencia desleal. Análisis del Caso Ryanair
dc.type
info:eu-repo/semantics/article
dc.type
info:eu-repo/semantics/publishedVersion


Files in this item

FilesSizeFormatView

There are no files associated with this item.

This item appears in the following Collection(s)