Principio de unidad familiar y cambio de vecindad civil por residencia. Comentario a la STS, 1ª, 14.9.2009

Publication date

2011-05-23T10:43:08Z

2011-05-23T10:43:08Z

2010

Abstract

En la línea apuntada por la mayoría de la doctrina, la STS de 14.9.2009 considera que desde la entrada en vigor de la Constitución española (1978) debía entenderse derogada la regla de propagación a la esposa de la vecindad civil del marido prevista en el art. 14.4 CCe [redacción de 1974]; ello supone que desde entonces la mujer casada pudo cambiar autónomamente de vecindad civil. Partiendo de ello, en el caso enjuiciado, la mujer cambió de vecindad civil por residencia continuada en Cataluña durante más de diez años sin declaración en contrario (art. 14.3.2.o CCe [1974] y 14.5.2.o CCe [1990]), vecindad civil catalana que mantenía en el momento de su fallecimiento, pese a haber realizado distintas manifestaciones ¿que resultan ineficaces? en el sentido de ostentar o de querer conservar la vecindad civil navarra.

Document Type

Article


Published version

Language

Spanish

Publisher

Universitat Pompeu Fabra

Related items

Reproducció del document publicat a http://www.indret.com/pdf/756_es.pdf

InDret. Revista per a l'Anàlisi del Dret, 2010, núm. 3

Recommended citation

This citation was generated automatically.

Rights

(c) Ginebra Molins, 2010

This item appears in the following Collection(s)