dc.contributor.author
Ridao, Joan, 1967-
dc.date.issued
2020-10-22T09:10:29Z
dc.date.issued
2020-10-22T09:10:29Z
dc.date.issued
info:eu-repo/date/embargoEnd/2099-12-31
dc.identifier
https://hdl.handle.net/2445/171436
dc.description.abstract
Sabido es que la Constitución de 1978 optó, con determinación, por configurar la entonces incipiente democracia española como un sistema eminentemente representativo, como cauce preferente del ejercicio del derecho fundamental a la participación política consagrado en el artículo 23 CE, en detrimento de otras formas participativas propias de la democracia directa o semi-directa, que si bien encontraban acomodo en el texto constitucional, quedaban postergadas a una función complementaria de los instrumentos representativos. La opción del Constituyente ha sido reiteradamente destacada por la jurisprudencia del Tribunal Constitucional (cfr. SSTC 76/1994 y 103/2008), la cual ha subrayado además el carácter "excepcional" que debe acompañar los supuestos de participación directa (STC 119/1995).
dc.format
application/pdf
dc.relation
https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=4891320
dc.relation
El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho, 2014, num. 48, p. 18-24
dc.rights
(c) Iustel, 2014
dc.rights
info:eu-repo/semantics/embargoedAccess
dc.source
Articles publicats en revistes (Ciència Política, Dret Constitucional i Filosofia del Dret)
dc.subject
Dret constitucional
dc.subject
Constitutional law
dc.title
La crisis de legitimidad de la democracia representativa en España: aventurando algunas soluciones
dc.type
info:eu-repo/semantics/article