Beneficios fiscales por inversiones en educación superior: el modelo norteamericano

dc.contributor
Universitat Abat Oliba CEU. Departament de Ciències Jurídiques i Polítiques
dc.contributor.author
Rozas Valdés, José Andrés
dc.date.accessioned
2008-07-22T11:41:01Z
dc.date.available
2008-07-22T11:41:01Z
dc.date.created
2008-03
dc.date.issued
2008-07-22T11:41:01Z
dc.identifier.uri
http://hdl.handle.net/2072/9137
dc.description.abstract
El modelo americano de financiación universitaria no está centrado en la subvención directa de las Universidades sino en facilitar recursos a los estudiantes. Tanto la Unión como los Estados financian a los estudiantes directamente –mediante ayudas y becas- como indirectamente, a través de beneficios fiscales. El sistema es extremadamente complejo y tiene carencias en términos de equidad, eficiencia y neutralidad, pero, en definitiva, las Universidades americanas disponen de suficientes recursos para trabajar con eficacia y los estudiantes encuentran el modo –becas, préstamos y beneficios fiscales- de financiar buena parte de sus gastos educativos. El sistema español de Educación superior está en el polo opuesto. Programas de becas infradotados, precios universitarios simbólicos, programas de préstamos educativos marginales y ausencia de beneficios fiscales. Las Universidades públicas reciben sus recursos de los contribuyentes, a través de los presupuestos autonómicos, pero si se elige una Universidad privada el estudiante ha de pagar derechos de matrícula más elevados –puesto que sus programas no reciben soporte financiero público- al mismo tiempo que financia el sistema público mediante el abono de sus deudas tributarias. En el ordenamiento vigente se atribuye la principal responsabilidad en lo relativo a política universitaria a las Comunidades autónomas. ¿Qué podrían aprender los Gobiernos autonómicos del modelo americano, sin repetir sus errores? Tres lecciones sencillas: (1) Reducir los créditos presupuestarios a fondo perdido e incrementar los precios públicos, y las becas para los estudiantes de rentas bajas; (2) Crear un único beneficio fiscal, no más, en forma de deducción autonómica reembolsable en el IRPF, del 20% de lo invertido en Educación superior.; (3) Crear Programas de Ayuda al Mérito para todos los estudiantes con mejores resultados académicos en forma de cheque universitario para invertir en cualquier institución del sistema, ya sea de iniciativa estatal o social. Estas tres políticas contribuirían a incrementar los recursos financieros de todas las Universidades, y a mejorar la financiación de los estudiantes –en particular de quienes tienen más necesidades y condiciones para el estudio- al mismo tiempo que se refuerza la libertad de elección de Universidad. En dos palabras, mejoraría la eficacia y la equidad del conjunto del sistema.
cat
dc.format.extent
78 p.
ca
dc.format.extent
494023 bytes
dc.format.mimetype
application/pdf
dc.language.iso
spa
ca
dc.rights
Aquest document està subjecte a una llicència d'ús de Creative Commons, amb la qual es permet copiar, distribuir i comunicar públicament l'obra sempre que se'n citin l'autor original, la universitat i el departament i no se'n faci cap ús comercial ni obra derivada, tal com queda estipulat en la llicència d'ús (http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/es/)
dc.subject.other
Incentius fiscals
ca
dc.subject.other
Educació superior
ca
dc.subject.other
Estats Units d'Amèrica
ca
dc.title
Beneficios fiscales por inversiones en educación superior: el modelo norteamericano
ca
dc.type
info:eu-repo/semantics/report
ca
dc.subject.udc
346
ca


Documents

RECERCA-ROZAS-2008.pdf

482.4Kb PDF

This item appears in the following Collection(s)