Abstract:
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En este trabajo final de carrera se presenta la valoración económica de una
finca rustica sometida a una expropiación como consecuencia de la
ampliación del “eix transversal” en el termino municipal de Rajadell.
En esta valoración se ha utilizado el método de la renta, ya que es el único
que permite la nueva ley del suelo.
Se ha hecho un estudio comparativo de ambas leyes 8/2007 y 6/1998 (ley
anterior). Bajo el criterio de la antigua ley se procederá a valorar el mismo
terreno por el método comparativo. De la comparación de los resultados de
ambos métodos se extrae como conclusión que la ley actual solo tiene en
cuenta la rentabilidad de la tierra, lo que limita el valor del bien tasado. La
antigua ley 6/1998 considera, además otros parámetros que ponderan al alza
el valor, como calidad agrológica de la tierra, vías de acceso, emplazamiento,
comunicaciones, así como otras consideraciones de tipo especulativo.
Como conclusión, bajo la nueva ley del suelo, en caso de expropiación la tierra
se valora por lo que es, no lo que pueda llegar a ser en un futuro incierto.
Es decir que el valor del terreno sufre una depreciación por la aplicación de la
nueva ley del suelo que solo analiza la rentabilidad de la tierra como parámetro
de valoración. Por lo tanto no podemos dejar de cuestionar como efectuar la
valoración en los casos de expropiación de terrenos económicamente
improductivos, pero situados en emplazamientos con potencial crecimiento
urbanístico. |